lunes, 25 de junio de 2012

Emite Consejo General del #IFE los Criterios de Carácter Científico para Encuestadoras, Declaró #IRO.

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  • Las personas físicas y morales interesadas en realizar estos ejercicios deberán notificar su intención al IFE a más tardar el 25 de junio.

 El Consejo General del Instituto Federal Electoral aprobó el acuerdo en el que se establecen los criterios de carácter científico para las personas físicas o morales que pretendan realizar encuestas de salida y/o conteos rápidos para la Jornada Electoral del día 1° de julio.

 A más tardar el 25 de junio los interesados en realizar este ejercicio deberán dar a aviso a la Secretaría Ejecutiva o a través de las Vocalías Ejecutivas en el país, para su registro.

 Ignacio Ruelas Olvera, Delegado del IFE en la entidad señaló que los criterios de carácter científico que deberán entregar las personas físicas o morales que pretendan realizar encuestas de salida y/o conteos rápidos serán los siguientes:

 

·         Objetivo de Estudio.

·         Marco Muestral.

·         Diseño Muestral.

·         Método de recolección de la información, en donde detallarán si se realizará mediante entrevistas persona a persona o por algún método indirecto alternativo.

·         Forma de procesamiento, estimadores e intervalos de confianza.

 Agregó, que durante los tres días previos a la elección y hasta el cierre oficial de las casillas que se encuentran en las zonas de huso horario más occidentales del territorio nacional, queda prohibido difundir o publicar los resultados de encuestas, sondeos de opinión y/o conteos rápidos que tengan por objeto dar a conocer preferencias electorales de ciudadanos.

 De igual manera, puntualizó que los resultados oficiales de las elecciones federales son exclusivamente aquellos que dé a conocer el Instituto Federal Electoral y en su caso el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

 

Finalmente, manifestó que lo anterior deriva del cumplimento a lo dispuesto por el artículo 237, párrafos 5 y 7 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

 

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